Hoy quiero aprovechar la ocasión para aclarar dudas que he visto que se repiten en personas que contactaron conmigo para preguntarme sobre el uso que pueden dar al manual, ya que parece ser que, en particular, el apartado de la licencia Creative Commons sobre el reconocimiento da lugar a confusión.

Utilicé la licencia de Creative Commons precisamente para no poner barreras a la divulgación del manual y su uso por organizaciones interesadas en él en todo tipo de actividades, pero ya son varias personas las que me han pedido mi autorización para su uso en cursos de formación como en éste comentario. Aunque efectivamente se trata de una actividad remunerada, era uno de los usos principales para los cuales precisamente quería dejar libertad.

El límite está para mí en un uso del libro con una orientación claramente lucrativa. Por ejemplo: que alguien lo imprima lo venda o regale con fines publicitarios (tanto el original como una obra derivada) aprovechando, por ejemplo, que dispone de una red comercial para distribución y venta. Eso violaría claramente los límites de esta licencia.

El uso como versión digital o la impresión parcial de contenidos concretos en cursos de formación, sin embargo, no lo entiendo como comercial en términos de las restricciones de la licencia, ya que en este caso se cobra fundamentalmente por impartir las clases y se usa el libro como material de apoyo. En este caso no hay un lucro “excesivo” basado en el uso del manual, sino que se realiza una actividad en la que se aporta valor principalmente con la propia actividad usando el manual simplemente como una referencia más, como un elemento entre diferentes tipos de material para los alumnos. Otra cosa es que, en el caso de una empresa de formación, ésta edite/imprima expresamente una pequeña edición del libro en papel para el curso, es decir, que se “venda” conjuntamente con el curso. Aquí se entiende sobrepasado el límite porque se estaría usando con fines lucrativos claros al vender el libro como un producto conjuntamente con el curso.

Dentro de los usos legítimos lo que se pide en el marco de la licencia es la mención al original en el caso de las posibles obras derivadas (que se autorizan expresamente en la propia licencia). Esto puede consistir en mencionar simplemente al original y que la obra derivada en cuestión está basada en él o incluso indicando como fuente original del mismo este blog.

Con esto espero que haya podido eliminar las dudas o, al menos, que haya podido aclarar la mayoría de ellas. Así que a disfrutarlo y, por cierto, espero publicar en breve una nueva edición considerablemente revisada, en base a la enorme cantidad de feedback recibido a través de la blogosfera. Aún estoy sorprendido de ello ;-)

 

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